Complemento de paternidad ¿Quiénes y cómo pueden reclamarlo?

Complemento de paternidad

En el año 2016, entró en vigor el artículo 60 del Decreto Legislativo 8/2015 que aprobaba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Este texto, en pocas palabras, reconocía el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social.
Es decir, que aquellas mujeres que tuvieran 2 hijos o más y se jubilasen una vez en vigor esta ley, obtendrían una subida en sus pensiones de hasta un 15%. Básicamente, es el Estado reconociendo la contribución a la sociedad de estas mujeres con sus hijos y la merma que puede haber causado en su vida laboral.

Los padres también reclaman el derecho al complemento

En 2018, un hombre jubilado interpuso una demanda contra la Seguridad Social en Gerona por considerar al artículo 60 discriminatorio. El Tribunal elevó la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en 2019 determinó que la norma contradecía la búsqueda de igualdad entre hombres y mujeres y le dio la razón.

O sea que la aplicación de este complemento solo para las mujeres sí era discriminatorio para con los hombres que se encontraran en circunstancias similares. 

Frente a esta decisión, el debate pasó a ser por los plazos. ¿Debían ser los complementos por paternidad retroactivos? ¿Desde cuándo?

En 2022, la sala de lo Social del Tribunal Supremo definió que los jubilados varones que solicitasen el complemento de paternidad, tendrían derecho a percibirlo no desde la fecha de la sentencia del TJUE, sino desde la fecha de su jubilación, siempre y cuando esta fuese posterior a la entrada en vigor del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. 

Por tanto, todos los jubilados desde la entrada en vigor de esta norma en el año 2016, hasta la reforma efectuada en el 2021, que cumplan los requisitos expuestos, tendrán derecho a ver incrementada su jubilación hasta en un 15%.

Todo lo que hay que saber acerca del complemento por paternidad en la jubilación


Ante la ola de demandas por reclamaciones de jubilados varones luego del cambio legislativo, se generaron infinidad de dudas y desinformación sobre cómo proceder. En Antolino Avocats buscamos aportar claridad a un tema complejo u ofrecemos a nuestros clientes todo el asesoramiento que necesiten en caso de buscar una reclamación.

En principio, hay que tener claro que los hombres pueden disfrutar de este complemento para su pensión de jubilación. El Gobierno reconoce que los progenitores también pueden haber visto afectada su trayectoria laboral por las tareas de cuidado de sus hijos.
Existen ciertos requisitos para recibir el complemento para reducir la brecha de género:

- Haberse jubilado entre el 1 de enero del 2016 y el 3 febrero del 2021.
- Tener dos hijos o más, no importa su edad. 
- Tener derecho a una pensión de jubilación y haberse visto afectada su carrera profesional con motivo del nacimiento o adopción.
- No tener una prejubilación voluntaria. En caso de prejubilación forzosa, debe estar justificada (ERE, despido, razones médicas, incapacidad permanente…).
- Si tienes derecho a una pensión de viudedad por fallecimiento de la madre, con el hijo o los hijos en común, también podrás recibir esta compensación.

¿Quiénes pueden ser rechazados?

Según el BOE, hay padres a los que se les puede negar el derecho al complemento por paternidad. Es el caso de quienes hayan sido privados de su patria potestad o de aquellos que hayan sido condenados por violencia contra la mujer y/o los hijos.

¿De cuánto dinero son las compensaciones por paternidad?

La cifra se calcula sobre la cantidad que inicialmente corresponde a la pensión por jubilación. Parte del 5% hasta el 15% y se calcula de la siguiente manera:

- 2 hijos es el 5%
- 3 hijos es el 10%
- 4 hijos o más es el 15%

La reclamación por el complemento de paternidad no debería ser un procedimiento complejo, pero desde nuestro despacho de abogados en Barcelona recomendamos a nuestros clientes recibir asesoramiento jurídico para simplificar el proceso.

En Antolino Avocats nos esforzamos día tras día para simplificar la vida de nuestros clientes, brindando asesoramiento integral en sus consultas e inquietudes. Si desea más información sobre cómo reclamar su complemento de paternidad o cualquier otra cuestión jurídica, puede contactar con nosotros a los teléfonos 93 518 21 21 o 630 70 62 27



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