Delitos contra la hacienda pública: casos y penas

Delitos contra la hacienda pública
Cuando una persona defrauda a la Administración Pública, específicamente a Hacienda y la Seguridad Social, comete un delito, registrado en el artículo 305 del Código Penal. Dicho fraude se puede llevar a cabo por acción u omisión, tanto a la Hacienda Pública estatal, como la autonómica, la local o la foral. En Antolino Advocats queremos hablar sobre este tema, aprovechando el caso de fraude tan sonado, actualmente: el de Shakira.
Cuando hablamos de delitos hacia la Administración, hablamos de la elusión de pagos de tributos, impuestos, tasas o contribuciones especiales; devoluciones indebidas o disfrutar de beneficios fiscales no adecuados. Estos importes defraudados no pueden superar los 120 000 €. Serán los jueces y no la propia Administración tributaria quienes decidirán el importe de la deuda.

Las personas que pueden cometer un delito de este tipo son los obligados a tributar, el usuario que se tiene que hacer cargo de las prestaciones formales de la obligación tributaria, o bien un retenedor que debe llevar a cabo la retención o percepción del tributo.

Por ello, ¿cuáles son las penas normalmente ante un delito contra Hacienda y la Seguridad Social? Pues bien, el estafador puede verse ante:
  • Una pena de uno a cinco años de cárcel.
  • Una multa de la cuantía defraudada.
  • La pérdida de beneficiarse de ayudas públicas o subvenciones, de beneficios fiscales o de incentivos entre tres y seis meses.


1. El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo.

La mera presentación de declaraciones o autoliquidaciones no excluye la defraudación, cuando ésta se acredite por otros hechos.

Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años. Artículo 305.1 del Código Penal


Casos graves contra la Administración Pública

Si se defrauda más de 600 000 €, se comete el delito en una organización criminal, se usan paraísos fiscales o personas físicas sin personalidad jurídica, el delito fiscal será mucho más grave. Por lo que será castigado con la pena de cárcel de dos a seis años, y una multa del doble del importe defraudado.

Casos atenuados del delito fiscal

En un delito fiscal intervienen diversos sujetos. Por un lado, el activo (la persona que debe afrontar el pago), y el sujeto pasivo (la Hacienda Pública) que se ve afectada por el delito de fraude.

Tipos de delitos contra Hacienda y la Seguridad Social

Los usuarios, que han sido penados por un delito fiscal, reconocen judicialmente los hechos antes de que sucedan dos meses desde la citación judicial, o bien, colaboran con el procedimiento dando pruebas decisivas para resolver el caso se les penarán con una pena inferior en uno o dos grados.

Pago voluntario del importe defraudado

La persona, que regulariza su situación tributaria antes de que la Administración Pública inicie el procedimiento, quedará exento del delito fiscal. El artículo 305.4 también establece que el infractor que regularice su situación tributaria antes de que el Estado, abogado o el Ministerio Fiscal interponga la denuncia o que el juez de instrucción lleve a cabo un procedimiento para conocer el estado tributario del infractor.

Shakira y su delito contra hacienda pública

Hace unos meses salió la noticia de que Shakira ha perdido la última batalla para poder evitar el juicio de su posible delito por fraude fiscal de, aproximadamente, unos 14,5 millones de euros a Hacienda. Entre el 2012 y 2014, la cantante colombiana ya residía en España, por lo que el juez sostiene que debía ya pagar sus impuestos en territorio español, puesto que pasó más de 183 días en nuestro país, un aspecto que marca la ley para que un ciudadano sea considerado como 

Entre el 2012 y 2014, la cantante colombiana ya residía en España, por lo que el juez sostiene que debía ya pagar sus impuestos en territorio español, puesto que pasó más de 183 días en nuestro país, un aspecto que marca la ley para que un ciudadano sea considerado como residente fiscal.

Tal y como afirma la periodista Silvia Taules, en el programa catalán Tot es Mou, y tras haber hablado con nuestra abogada Montse Antolino, por mucho que pague la responsabilidad civil, puede ser que Shakira vaya a la cárcel, aun habiendo pagado su deuda, porque dependerá de la pena de prisión que pida el Ministerio Fiscal por los distintos delitos, pues creemos que hará referencia a dos o tres ejercicios fiscales. Desde luego, se le podrá tener en cuenta la atenuante de reparación del daño, puesto que ya ha consignado la cantidad de 14,5 millones de euros.

En Antolino Adovcats le asesoraremos en todo aquello que necesite. Si requiere la profesionalidad de nuestros abogados, no dude en ponerse en contacto con nosotros, llamando al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21, o escríbanos a montserrat.antolino@icab.cat


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