Derecho de propiedad industrial e intelectual

Los bienes inmateriales han cobrado los últimos años una gran importancia dentro de la economía moderna. Es primordial poder tomar acciones para su protección, es por ello que en nuestro país distinguimos y aplicamos desde hace años dos potentes términos que sirven para preservar y actuar a favor de la protección de estos bienes intangibles: la Propiedad Industrial y la Propiedad Intelectual, cuyo empleo se resume en la estipulación de una protección gracias a un derecho único de exclusividad sobre una creación intelectual.
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Cuando hablamos de Propiedad Intelectual nos referimos a toda creación de la mente humana, desde inventos, marcas, obras literarias y artísticas, etc. En cuanto a la propiedad industrial, esta engloba las creaciones de utilidad industrial, entre otras los signos distintivos como las marcas o aquellas innovaciones técnicas propias de los diseños industriales. Ambos derechos ofrecen al creador intelectual el completo consorcio de su creación, excluyendo de su uso a terceros no autorizados.

Muchas son las conductas que pueden ser sancionadas en relación a la propiedad industrial e intelectual. Desde Antolino Advocats, nuestro despacho de abogados en Barcelona, te indicamos algunas de estas conductas delictivas:
  •  Uso de marcas comerciales para fines propios sin autorización
  •  Uso con fines comerciales de un signo no inscrito o caducado simulando que está registrado
  •  Venta de productos falsificados
  •  Comunicar de manera fraudulenta los secretos industriales de una fábrica
  •  Divulgar los secretos del invento
  •  Uso de forma no autorizada de una obra, producción o emisión que están
  • protegidos
  •  Falsificación de planos de ejecución o datos
  •  Plagio
  •  Falsificación de obra protegida
  •  Uso de procedimientos engañosos para acceder de forma indebida a
  • beneficios

El Código Penal contra los delitos de Propiedad Intelectual e Industrial

El pasado 1 de julio del 2015 entró en vigor una modificación en el Código Penal en relación a los delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial. Con el objetivo de mejorar la protección de estos derechos y ajustar la resolución penal según la gravedad que tenga cada infracción, tal modificación incluía algunos cambios, como la agregación en el art. 270.1 de los delitos relativos a la Propiedad Intelectual el hecho de perseguir la explotación económica de cualquiera de las obras descritas en el artículo:

“Será castigado (…) el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística (…), sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”.

La criminalización de otras actitudes como eludir o facilitar la elusión de las medidas tecnológicas de protección de contenidos, la facilitación del acceso en internet de contenidos protegidos sin autorización de los titulares, entre muchos otros aspectos, forman parte des del 2015 del artículo 270 del CP. Por su parte, el CP señala, en referencia a la Propiedad Industrial, la necesidad de adecuación de la respuesta penal en cuanto a la valoración de la gravedad de la infracción cometida. Lo vemos en los artículos 274 y 276 del CP.

Si cree que tiene problemas con su derecho de protección de los bienes intangibles relacionados con su empresa o marca, le recomendamos el uso de instrumentos altamente válidos para la protección de la creación de un individuo u empresa.

Estos instrumentos deben ser seleccionados según la protección que cada objeto y sus características y necesidades precisan. Desde nuestro despacho de abogados le indicamos algunos de ellos, pero existe una larga lista de opciones:
  •  Patentes
  •  Secreto industrial
  •  Signos distintivos
  •  Acuerdos de confidencialidad
  •  Derechos de autor

Desde nuestro despacho de abogados en Barcelona, Antolino Advocats, le aconsejamos encarecidamente la contratación de un especialista en derecho mercantil si observa alguna irregularidad en referencia a sus creaciones intelectuales. Estamos preparados para ayudarle a solucionar todos sus problemas con respecto a su propiedad industrial e intelectual, ya que contamos con los mejores abogados especializados en el derecho mercantil.

Si quiere recibir más información sobre nuestros servicios, puede ponerse en contacto con nosotros escribiéndonos a montserrat.antolino@icab.cat o llamándonos al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21. No dude más, le asesoraremos en todo lo que precise.


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