Las principales características de la nueva Ley de interinos

Nueva ley de interinos
Con el objetivo de bajar para la interinidad del 30% al 8% en menos de 3 años, la nueva Ley de interinos tiene muy en cuenta sectores como la sanidad y la educación, dos de los que tienen mayores tasas de empleados públicos de este tipo.

De qué se trata la Ley de Interinos


Específicamente, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, es la norma mediante la cual se efectúa una reforma de la legislación básica contenida en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contempla medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y activa regulaciones directamente ordenadas para disminuirla. Se trata de medidas de carácter preventivo, que actúan mediante una delimitación de la causa y término en la figura del personal funcionario interino y se dirigen a evitar un uso indebido de esta figura.
Entonces, entre los principales objetivos de esta Ley: 

  • - Remediar la elevada temporalidad existente.
  • - Prevenir y sancionar el abuso y el fraude en la temporalidad a futuro.
  • - Potenciar la adopción de herramientas y una cultura de la planificación para una mejor gestión de los recursos humanos.
  • - Objetivar las causas de cese de este personal e implantar un régimen de responsabilidades que constituya un mecanismo proporcionado, eficaz y disuasorio de futuros incumplimientos que, además, permita clarificar cualquier vacío o duda interpretativa que la actual regulación haya podido generar.

Una Ley que busca clarificar el empleo público

¡Estas medidas contenidas en la Ley de Interinos, apuntan a garantizar que las Administraciones Públicas comiencen un reequilibrio que le dé credibilidad a la evolución de la temporalidad en el empleo público

Con este objetivo, la Ley está inspirada en varios principios ordenadores, de los cuales destacamos la apuesta por lo público, dotando a la Administración del marco jurídico necesario para prestar con garantía y eficacia los servicios públicos.
Además, apunta a la profesionalización del modelo de empleo público, con el centro en el personal funcionario de carrera y la delimitación de los supuestos de nombramiento de personal temporal.

Lejos de eliminar la figura del personal funcionario interino, la norma apuesta por su mantenimiento, estableciendo su régimen jurídico de cara a garantizar la adecuada utilización de esta modalidad de personal y exigencia de responsabilidad de la Administración ante una inadecuada utilización de la figura de personal funcionario interino, contribuyendo también  a impulsar y fortalecer una adecuada planificación de recursos humanos.

Principales características

Sobre los nombramientos, la Ley busca reforzar la noción de temporalidad de la figura del interino delimitando claramente la naturaleza de la relación con la Administración Pública. Se podrá proceder a un nombramiento en plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera por un máximo de tres años. Si los plazos fueran superados, el personal interino tendrá derecho a una compensación económica.

Los procedimientos de selección no serán equiparables a los de funcionarios de carrera, por lo que no implican en ningún caso el reconocimiento de esta condición. 

Sin embargo, la nueva Ley determina que, al personal funcionario interino, le será aplicable el régimen general del personal funcionario de carrera en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición temporal y al carácter extraordinario y urgente de su nombramiento, salvo aquellos derechos inherentes a la condición de funcionario de carrera.

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