- Qué hacer
para el caso de tener una sentencia favorable de condena al pago de una
cantidad de dinero si no nos pagan:
1.-
En primer lugar interpondremos una DEMANDA
DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA.
2.-
En dicha demanda podremos solicitar del Juzgado que, a través del PUNTO NEUTRO, consulte cuáles son las cuentas, bienes muebles e
inmuebles, y, en general, cuál es el
patrimonio del ejecutado.
3.-
Si no aparecen cuentas con saldo favorable o paralelamente a solicitar el
embargo de estas cantidades, antes de abordar una solicitud de embargo de bien
inmueble, podemos solicitar del Juzgado una mejora de embargo, para el caso que
nuestro contrario tengo un inmueble y cobre un alquiler, consistente en el
importe de la renta de la vivienda que
tiene alquilada. Pero con una particularidad:
Solicitaremos del Juzgado o Tribunal que requiera a los inquilinos directamente
para que depositen la renta mensual de la vivienda en la cuenta de
consignaciones del Juzgado. Es una forma rápida y efectiva para que nos paguen
lo que nos deben. Lógicamente, siempre y cuando esta persona tenga una vivienda
en alquiler y perciba rentas mensuales por la misma.