Nueva Ley 2/2023: Implementación de Canales de Denuncia y Protección a los Denunciantes en la Lucha Contra la Corrupción

Nueva Ley 2/2023
La reciente promulgación de la Ley 2/2023, Reguladora de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de la Lucha contra la Corrupción, representa un avance significativo en la lucha contra la corrupción en España.
 Con más de dos años de retraso en lo que se refiere al plazo previsto para la transposición de la directiva europea, esta legislación enfatiza la importancia de abordar el cumplimiento normativo y la prevención de la corrupción en el ámbito empresarial, atribuyendo una responsabilidad directa al órgano de administración. En Antolino Advocats les contamos los principales puntos de esta nueva ley que busca fomentar la cohesión entre los diferentes actores involucrados en la prevención y detección de prácticas corruptas, facilitando la colaboración y el flujo de información para un mejor cumplimiento de las disposiciones legales.

Propósitos y exigencias de la Ley 2/2023

La Ley 2/2023 parte del principio de que las personas que trabajan en la primera línea de una organización son la fuente primordial para descubrir irregularidades o conductas contrarias a la ley. Por ello, esta normativa valora la importancia de colaborar con los potenciales informantes y les brinda medidas de protección para evitar posibles represalias.

Así, establece que las empresas con más de 50 trabajadores y todas las administraciones públicas deben implementar canales de información privados. Estos canales deben garantizar un entorno seguro y confidencial, permitiendo, si fuera necesario, la comunicación anónima entre el informante y la organización.

Además, estos sistemas de comunicación deben cumplir con una serie de requisitos, como garantizar la seguridad de la información, respetar las normativas de protección de datos personales y permitir denuncias anónimas. Asimismo, deben contar con procedimientos claros y reglados para la gestión e investigación de las denuncias, asegurando así la eficacia y la integridad en el proceso de comunicación.

De esta manera, la Ley 2/2023 fomenta un ambiente de confianza y colaboración entre los trabajadores y la organización, permitiendo la detección y prevención de prácticas corruptas o irregulares, y contribuyendo al fortalecimiento de la ética y la transparencia en el ámbito empresarial.

Plazos y consecuencias del incumplimiento en la implementación de la Ley 2/2023

Las empresas que cuenten con más de 50 empleados tendrán la obligación de implementar estos canales de comunicación antes del 1 de diciembre de 2023. Por su parte, aquellas con más de 250 empleados deberán hacerlo antes del 14 de junio del mismo año. De no cumplir con esta exigencia, las empresas podrían enfrentarse a sanciones económicas que alcanzan hasta 1.000.000 €, además de perder el derecho a recibir subvenciones y contratar con la Administración Pública.

Es importante destacar que herramientas como cuentas de correo electrónico o buzones físicos ya no se consideran adecuadas según los estándares establecidos por la Ley 2/2023. No obstante, la normativa sí permite la externalización de la gestión del canal de denuncias a proveedores especializados en este tipo de servicios.

Esta opción facilita el cumplimiento de los requisitos técnicos y procedimentales establecidos en la ley, al mismo tiempo que refuerza la independencia del canal de denuncias. De esta forma, los posibles informantes pueden tener la confianza de que sus denuncias serán tratadas de manera eficiente, profesional e imparcial, lo que contribuye a un ambiente de mayor transparencia y responsabilidad en el ámbito empresarial.

En Antolino Advocats, nos esforzamos por mantener a nuestros clientes al tanto de las últimas novedades legales y brindarles asesoramiento en el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley 2/2023, así como en las actualizaciones más recientes en materia legal. Si desea contactarnos, puede hacerlo llamando al 93 518 21 21 o al 630 70 62 27, o enviándonos un correo electrónico a montserrat.antolino@icab.cat. Estamos a su disposición para ayudarle en todo lo que necesite.


SERVICIOS DE NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS EN BARCELONA Y ARENYS

Llamar 630 70 62 27