Conseguimos un permiso de salida de prisión a un extranjero en situación irregular.

El Juzgado de Vigilancia penitenciaria nº 4 de Catalunya ha dictado en fecha 20 de julio de dos mil diecisiete un Auto estimatorio de recurso contra denegación de permiso frente a un interno en situación irregular en España, concediéndole un permiso ordinario de salida de 3 días.

Permisos ordinarios de salida abogados
 La situación administrativa de los extranjeros en prisión no puede ser tratada de forma general sin atender a la evolución penal y penitenciaria concreta en cada caso, de forma que no puede ser aplicada la presunción de riesgo de quebrantamiento de condena por el simple y exclusivo hecho de no tener la situación administrativa regularizada.
Por si misma no puede operar como razón de denegación de permiso, se ha de rechazar como criterio general, que la situación administrativa irregular o un decreto de expulsión en vigor, conlleve un riesgo inasumible de mal uso del permiso, por cuanto, a sensu contrario, supone añadir un requisito para acceso al permiso de salida, cual es tener la situación administrativa irregular o un decreto de expulsión en vigor, conlleve un riesgo inasumible de mal uso del permiso, por cuanto, a sensu contrario, supone añadir un requisito para acceso al permiso de salida, cual es tener la situación administrativa regularizada y carecer de orden de expulsión.   En este caso, el interno presenta riesgos BAJOS en todas las variables del RISCANVI. Su evolución tratamental ha sido positiva, reconociendo sus responsabilidades sin justificación. Tiene arraigo en nuestro país, con núcleo de acogida familiar, y vinculación familiar favorable y contenedor, con medios económicos suficientes. En estas condiciones estimaré el recurso, autorizando un permiso de 3 días.

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