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El delito de falsificación de documentos sociales

El delito de falsificación de documentos sociales
La falsificación de documentos sociales es un delito que ataca directamente a la confianza y transparencia en el funcionamiento de las sociedades mercantiles. Estos documentos son la base sobre la que se construye la vida jurídica y económica de una empresa; su manipulación puede alterar decisiones societarias, afectar a socios y provocar graves perjuicios a terceros.
El Código Penal español sanciona de forma severa tanto la falsificación de documentos sociales como las conductas de quienes encubren o ayudan a ocultar esas falsedades. En este artículo analizamos qué se considera falsificación, su regulación legal y el alcance penal del encubrimiento.

¿Qué son los documentos sociales?

Los documentos sociales son aquellos que reflejan la estructura, funcionamiento y decisiones de una sociedad. Son instrumentos esenciales para acreditar su actividad frente a socios, inversores, acreedores y administraciones públicas.

Tipos de documentos sociales

Entre los documentos que gozan de especial protección se encuentran:
  • Las actas de juntas generales y de consejos de administración.
  • Los certificados de acuerdos o decisiones sociales.
  • Las cuentas anuales, balances y memorias.
  • Los libros societarios, como los de socios o de actas.
  • Los informes de gestión o auditoría.

Por qué se protegen penalmente

El Derecho penal protege la autenticidad y veracidad de estos documentos porque su manipulación afecta al tráfico jurídico y económico. Una falsificación no solo perjudica a los socios, sino que puede inducir a error a terceros, alterar la competencia y generar consecuencias patrimoniales graves.

Cuándo se considera delito de falsificación de documentos sociales

El delito de falsificación no se limita a alterar materialmente un documento; también puede cometerse introduciendo datos falsos, tergiversando la realidad o certificando hechos inexistentes.

Falsificación material

Implica modificar físicamente el documento: alterar firmas, fechas, cifras o textos, o incluso crear documentos inexistentes. Por ejemplo, redactar un acta falsa o incluir la firma de un socio que nunca participó.

Falsificación ideológica

Se produce cuando el documento, aunque formalmente auténtico, contiene información falsa o manipulada. Un ejemplo sería certificar acuerdos sociales que nunca se aprobaron o falsear la contabilidad para aparentar solvencia.

Requisitos para apreciar el delito

Para que exista falsificación de documentos sociales deben concurrir tres elementos:
  1. Existencia de un documento con trascendencia jurídica.
  2. Alteración dolosa de la verdad, con intención de inducir a error o causar perjuicio.
  3. Capacidad de causar daño económico a socios, acreedores o terceros.
No basta con un simple error contable o administrativo: debe existir intención fraudulenta y una falsedad idónea para alterar la realidad societaria.

Tratamiento penal y encubrimiento del delito

El delito de falsificación de documentos sociales se regula en el artículo 290 del Código Penal, dentro de los delitos societarios.

El artículo 290 del Código Penal

“Los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de modo idóneo para causar un perjuicio económico, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.”

Esto significa que el delito solo puede ser cometido por quienes tienen responsabilidad de gestión o representación dentro de la sociedad, ya sean administradores, consejeros, directivos o personas con poder de decisión.

Penas y sanciones

El Código Penal prevé:
  • Prisión de uno a tres años.
  • Multa de seis a doce meses.
  • Inhabilitación especial para ejercer cargos directivos o administrar sociedades, si el juez lo estima procedente.
Además, la sociedad mercantil puede ser penalmente responsable si la falsificación se comete en su beneficio, de acuerdo con el artículo 31 bis del Código Penal.

El encubrimiento del delito de falsedad documental

El encubrimiento consiste en ayudar a eludir la investigación o responsabilidad de un delito cometido por otra persona. En el caso de la falsificación de documentos sociales, el encubrimiento puede manifestarse de diversas formas:
  • Destruir o alterar pruebas que revelen la falsificación.
  • Ocultar los documentos falsos o sustituirlos por otros auténticos.
  • Silenciar la falsedad conociendo su existencia.
El artículo 451 del Código Penal castiga estas conductas con penas de prisión de seis meses a tres años, dependiendo de la gravedad del delito principal y del grado de colaboración del encubridor.
Es importante destacar que no se considera encubridor al que haya participado en la falsificación como autor o cómplice, ya que en ese caso se le sanciona directamente por el delito de falsedad. El encubrimiento se aplica a terceros ajenos que, a posteriori, ayudan al autor a sustraerse a la acción de la justicia o a borrar las huellas del delito.

Responsabilidad ética y corporativa

El encubrimiento no solo tiene consecuencias penales, sino también reputacionales. En el ámbito empresarial, ocultar irregularidades documentales o financieras puede afectar a la credibilidad de la sociedad, a la confianza de inversores y a la estabilidad de su gestión interna.

Prevención y control interno en las sociedades

El cumplimiento normativo y la transparencia documental son las mejores herramientas para evitar incurrir en este tipo de delitos.

Sistemas de compliance y control

Las empresas deben implementar programas de compliance penal, auditorías internas y controles que aseguren la autenticidad de la información societaria. Estos mecanismos no solo previenen la comisión de delitos, sino que pueden servir como atenuante o eximente de responsabilidad penal.

Cultura de la transparencia

Más allá de las medidas técnicas, la prevención exige fomentar una cultura empresarial basada en la ética y la veracidad documental. Los administradores y empleados deben ser conscientes de que toda manipulación, por mínima que sea, puede tener consecuencias legales y personales.

Conclusión

El delito de falsificación de documentos sociales y su encubrimiento constituyen amenazas graves para la integridad y credibilidad del tejido empresarial. Manipular actas, balances o certificaciones no solo vulnera la ley, sino que pone en riesgo la confianza en el sistema económico y la seguridad jurídica.

En Antolino Advocats, entendemos la importancia de prevenir estas conductas mediante una gestión documental rigurosa y una asesoría jurídica constante. La transparencia no es solo una obligación legal: es la base de una empresa sólida y confiable.


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