¿En qué consiste la Ley de la Segunda Oportunidad?

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La Ley de la Segunda Oportunidad, o ley 25/2015, es un recurso legal que se estableció para ayudar a las personas insolventes a tener una nueva forma de gestionar sus deudas mediante un borrón y cuenta nueva. Todos aquellos particulares y autónomos que tengan dificultades para hacer frente a sus pagos, pueden empezar de cero o eliminar sus deudas de forma parcial, siempre que cumplan con los requisitos pertinentes. Es importante entender que no se trata de un proceso diseñado para librarse de pagos, sino de una ayuda a aquellas personas que atraviesan un mal momento económico, y que hayan sido declarados como deudores de buena fe. Si quiere saber en qué consiste, aquí se lo contamos.

Procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad


Lo mejor para estos casos es siempre contar con la asistencia de un buen abogado, especialista en la materia, que facilite el acuerdo entre deudor y acreedores. De este modo, el proceso se iniciaría en la Notaría del domicilio del deudor sin la necesidad de un juez que intervenga en el caso.

Primera Vía: Proceso Extrajudicial


En este punto, se nombra a un Mediador Concursal y se hace la solicitud, acompañándola de un inventario de los activos, es decir, de todas aquellas cuentas pendientes a resolver. También debe incluirse la lista de acreedores y la relación de los contratos vigentes vinculados a terceros, y todos aquellos gastos mensuales previstos. De existir ingresos mensuales, también deberán ser contemplados, junto con un escrito que explique los motivos que nos han llevado a esta situación, es decir, el concurso del deudor y los avales prestados a título personal a la empresa concursada. La relación de procedimientos judiciales que tenga frente a terceros también deberá indicarse. 

El mediador concursal será el encargado de tramitar dicho acuerdo con los acreedores, ofreciéndoles una propuesta de pago aplazado con quita, en un periodo de 5 a 10 años.

Este trámite puede llevar de 2 a 6 meses hasta su resolución. Al ser admitido, se produce la paralización de las acciones judiciales y el devengo de intereses.

Segunda Vía: Concurso Consecutivo


De ser rechazada la petición por vías extrajudiciales, deberá procederse a actuar por la vía legal mediante un Concurso Consecutivo. Este analizará la posibilidad de aprobar un plan de pagos de hasta 5 años de duración, o un beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), que permita cancelar las deudas.

Todo ello también será gestionado por un Mediador Concursal, pudiendo llevar entre 3 y 7 meses hasta obtener una respuesta. 

En Antolino Advocats le ofrecemos nuestro asesoramiento para que pueda recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad en caso de insolvencia, ya sea particular o autónomo. Puede contactar con nosotros escribiendo un correo electrónico a montserrat.antolino@icab.cat, y llamando al 93 518 21 21 o al 630 70 62 27. Le ayudaremos a encontrar la mejor solución para su caso.

¿Cómo le podemos ayudar en Antolino Advocats?


Si cree que ha sido estafado por los chiringuitos financieros, es importante que ponga los hechos en conocimiento de la CNMV y que denuncie los hechos. Como especialistas en este tipo de fraudes, en Antolino Advocats le ayudaremos a realizar dicha denuncia y a intentar ganar la batalla contra estas entidades falsas. Póngase en contacto con nosotros a través del número de teléfono +34 93 518 21 21 / +34 630 70 62 27, o bien, enviando un email a montserrat.antolino@icab.cat.



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