No es razonable el despido por causas económicas si la empresa realiza nuevas contrataciones o solicita horas extras habitualmente


Despedir a un trabajador alegando causas económicas cuando la empresa realiza nuevas contrataciones y/o se hacen horas extras frecuentemente no es admisible ni procedente. Así lo dictaminó el Juzgado nº 1 de lo Social de Cartagena el pasado mes de julio de 2020.
Despedir a un trabajador alegando causas económicas

El caso concreto y la sentencia impuesta por el JS

La sentencia, reforzada por una anterior del Tribunal Supremo, fue establecida por un caso concreto enjuiciado en el que un trabajador fue despedido por causas económicas. La empresa había registrado una disminución de ingresos respecto al mismo periodo del año anterior, pero se demostró que, tras el cese de ese trabajador, realizó hasta 8 contrataciones de personal a través de empresas de trabajo temporal para cubrir los puestos que habían dejado los empleados despedidos.  

El juzgado, asimismo, también recordó una sentencia del Supremo de diciembre de 2016 en la que se certificaba que no es razonable un despido cuando se realizan habitualmente horas extras o cuando en la empresa se llevan a cabo nuevas contrataciones de personal

Por estos motivos, el juez rechazó que la causa económica fuera el único argumento para justificar el cese de uno de los trabajadores y estableció la improcedencia del despido, señalando que la empresa debía readmitir al empelado en cuestión o indemnizarle con una cuantía de 23 200 €.

¿Qué sucede con las empresas con un ERTE activo por causas de fuerza mayor o por causas ETOP?

En relación con dicha sentencia, han surgido recientemente muchas dudas respecto a las compañías que tengan autorizado un ERTE. Es importante señalar que, en este caso, los trabajadores que no están en ERTE no pueden realizar horas extraordinarias, y la empresa no puede realizar nuevas contrataciones. Esto está indicado en el Real Decreto – Ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial

Cabe resaltar que sí sería posible contratar o subcontratar empleados si los trabajadores que están en ERTE no pueden realizar el trabajo. 

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