Atribución del domicilio familiar.
Destino de los bienes muebles e inmuebles, deudas, pertenencias y cuentas corrientes
en común.
Atribución de la guarda y custodia en caso de que la pareja tenga hijos menores.
Pensión de la manutención para los hijos menores de edad.
Régimen de visitas estipulado para el familiar no custodio.
Cabe destacar que en caso de que haya acuerdo entre los cónyuges y no haya hijos comunes
menores de edad, se puede realizar un convenio por un abogado y llevarlo al notario. Para ellos,
es necesario presentar la siguiente documentación:
Certificado de matrimonio.
Certificado de convivencia que determine cuál ha sido el último domicilio conyugal para
determinar el notario que corresponde.
DNI de ambos.
Ocupaciones de ambos.
Lugar en que residen actualmente.