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Qué hacer si mi expareja no cumple el régimen de visitas

¿Qué hacer si mi expareja no cumple el régimen de visitas? Guía práctica en Barcelona

Tras una ruptura, uno de los aspectos más sensibles en casos con hijos menores es el
cumplimiento del régimen de visitas. Este sistema busca garantizar el derecho del menor a
mantener una relación estable con ambos progenitores, incluso cuando ya no conviven juntos.
Sin embargo, no siempre se respeta. En este artículo analizamos qué hacer ante el
incumplimiento del régimen de visitas en Barcelona, teniendo en cuenta la normativa específica
aplicable en Cataluña. 

¿Quién establece el régimen de visitas?

Fijación judicial o por mutuo acuerdo

El régimen de visitas se establece:
• Por sentencia judicial: En procedimientos contenciosos de separación, divorcio o
medidas paterno-filiales.
• Por convenio regulador homologado: En casos de mutuo acuerdo, si el juez lo considera
beneficioso para los menores.
En Cataluña, rige el Libro II del Código Civil catalán (Ley 25/2010, de 29 de julio), que regula las
relaciones familiares tras la ruptura de la convivencia. El artículo 233-8 establece que deben
acordarse las estancias del progenitor no conviviente, considerando el interés superior del
menor.

¿Es obligatorio cumplir el régimen de visitas?

Obligación legal y consecuencias del incumplimiento

Sí. Tanto el progenitor custodio como el no custodio están obligados a cumplir el régimen de
visitas fijado. No se trata de un derecho exclusivo del progenitor, sino también del menor, que
tiene derecho a mantener contacto con ambos progenitores, según establece el artículo 233-13
del CCCat.
El incumplimiento puede dar lugar a consecuencias legales tanto civiles como penales,
especialmente si se convierte en una conducta reiterada y obstaculizadora.

Principales causas de incumplimiento

Incumplimiento por parte del progenitor custodio

Algunas causas frecuentes son:
• Obstaculización deliberada del régimen de visitas.
• Cambio unilateral de horarios sin acuerdo.
• Negativa a entregar al menor por conflicto con la nueva pareja del otro progenitor.
• Alegación de malestar emocional del menor sin justificación profesional.

Incumplimiento por parte del progenitor no custodio

También puede haber:
• Falta de recogida o devolución del menor en los términos pactados.
• Impuntualidad reiterada.
• Desinterés o abandono de las visitas sin aviso ni causa justificada.

Guía práctica en caso de incumplimiento del régimen de visitas en
Cataluña

Pasos legales concretos adaptados a la normativa catalana

Cuando tu expareja no cumple con el régimen de visitas, es importante actuar con rapidez y
conforme al derecho vigente en Cataluña. A continuación, te explicamos cómo proceder:

1. Documentar los incumplimientos

Lleva un registro detallado de fechas, horas y circunstancias en que no se ha cumplido lo
establecido judicialmente. Puedes guardar mensajes, correos electrónicos y, si es necesario,
contar con testigos. En Cataluña, los tribunales valoran especialmente la buena fe y la
persistencia de la actitud obstructiva.
Recuerden que, en derecho, lo que no se puede probar no existe.

2. Intentar resolverlo extrajudicialmente

Antes de acudir a los tribunales, se recomienda intentar un acuerdo mediante diálogo o
mediación familiar, una vía especialmente promovida por la legislación catalana. El Centre de
Mediació de Dret Privat de Catalunya puede intervenir si ambas partes acceden
voluntariamente.

3. Acudir al juzgado de familia

Si el conflicto persiste, se debe presentar una demanda de ejecución de sentencia ante el mismo
juzgado que dictó la resolución. El procedimiento se tramita conforme al artículo 776 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, pero el juez deberá tener en cuenta los artículos 233-13 y 233-15 del
Código Civil de Cataluña.
También puede solicitarse:
• Multas coercitivas por cada incumplimiento.
• Modificación del régimen si se prueba el perjuicio al menor.
• En casos graves, el juez puede valorar un cambio de custodia.

4. Valorar consecuencias penales (si son reiteradas)

Si los incumplimientos son continuados y con ánimo obstruccionista, puede existir un delito de
desobediencia a la autoridad judicial (artículo 556 del Código Penal) o incluso un delito de
sustracción de menores en los supuestos más graves (art. 225 bis CP).
Para ello, se deberá presentar denuncia penal, aunque los tribunales suelen priorizar la vía civil
salvo gravedad evidente.

5. Actuar siempre en beneficio del menor

Aunque el otro progenitor incumpla, no se debe tomar represalias que puedan perjudicar al
menor. La mejor vía es siempre legal y respetuosa con sus derechos. Además, actuar
correctamente refuerza la posición ante el juzgado. Es necesario recordar que todas estas
medidas se acuerdan siempre en aras al INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.

Conclusión

El incumplimiento del régimen de visitas en Cataluña tiene consecuencias jurídicas claras. El
progenitor afectado tiene diversas vías para reclamar el cumplimiento de las resoluciones
judiciales, desde la vía civil hasta la penal, siempre primando el interés del menor. Actuar con
prudencia, legalidad y buen asesoramiento es clave para proteger tanto tus derechos como los
de tu hijo o hija.
En casos como estos, contar con profesionales especializados como Antolino Advocats puede
marcar la diferencia entre el estancamiento del conflicto y su resolución eficaz.


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