El nuevo criterio fijado
por el Tribunal Económico-Administrativo Central a finales de 2025 supone una
noticia positiva para quienes todavía pueden acogerse al régimen transitorio de
la deducción por inversión en vivienda habitual.
La posibilidad de incluir
dentro de la base deducible las cantidades destinadas a cancelar la hipoteca en
el momento de la venta permite maximizar el beneficio fiscal en el último
ejercicio aplicable y abre la puerta a revisar declaraciones anteriores.
No obstante, la
aplicación de esta doctrina exige verificar cuidadosamente el cumplimiento de
los requisitos legales y los límites establecidos por la normativa tributaria.
Desde
Antolino Advocats analizamos cada caso de forma individual para determinar si
existe derecho a aplicar este nuevo criterio o a solicitar la rectificación de
ejercicios anteriores, garantizando la mejor defensa de los intereses de
nuestros clientes frente a la Administración tributaria.