CLÁUSULAS SUELO, SIGUEN LAS DEMANDAS Y MEJORAN LOS ACUERDOS

SEGUIMOS CERRANDO LAS DEMANDAS DE CLÁUSULAS SUELO CON ACUERDO DEL 100% DE LAS CANTIDADES RECLAMADAS MÁS UNA CANTIDAD A TANTO ALZADO EN CONCEPTO DE COSTAS

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Desde nuestro despacho de abogados en Barcelona, ANTOLINO ADVOCATS, queremos informar a nuestros clientes que seguimos trabajando contra pleitos en reclamación de la nulidad de cláusulas suelo y los seguimos ganando, ahora ya en sede de acuerdo con el Banco, en el que no sólo nos conceden el 100% de las cantidades reclamadas más lo intereses generados, sino también se abona una cantidad a tanto alzado en concepto de costas judiciales.

A continuación les pasamos el acuerdo tipo que firmamos con una entidad financiera en concreto.
En _______, a ___ de _______ de dos mil diecisiete.         


  REUNIDOS   De una parte D.,                              mayor de edad, provisto de D.N.I. núm.                         , actuando en nombre y representación de la entidad BANCO DE ……………….., S.A. con N.I.F. núm. A-…………., con domicilio social en……………. (en adelante “el Banco”).   Y de otra parte, D. …………, mayor de edad, provisto de…….. y Dª.……….., mayor de edad, provista de…………., actuando en nombre propio y con domicilio a efectos de notificaciones en………………… (en adelante denominados indistintamente como “el Cliente” o “los Clientes” aunque sean varios)  Los Clientes y el Banco se denominarán conjuntamente como “Las Partes” en el presente documento.     


  EXPONEN   I.- Que los Clientes son titulares de un préstamo hipotecario concedido por el Banco por un importe de 426.000,00-€  (Préstamo …………) a tipo de interés variable, en los términos que constan en la propia escritura de Préstamo hipotecario  (Protocolo 1409   del Notario de Abrera, Doña …………….. ), y que se dan aquí por reproducidos, con especial mención a la cláusula de limitación de tipo de interés, juntamente con el resto de condiciones financieras, con anterioridad a la firma de la mencionada escritura pública.  

  II.- Los Clientes presentaron demanda judicial contra el Banco, la cual se está tramitando ante el Juzgado Mercantil  nº 1 de Barcelona, autos de Procedimiento Ordinario  nº ……………, Sección F, y en la que se solicita la declaración de nulidad de la cláusula de limitación de la variación de tipo de interés, así como la restitución de los importes satisfechos como consecuencia de la aplicación del tipo mínimo aplicable al contrato.   Los Clientes, tanto en el procedimiento judicial referido como en la negociación que ha concluido en el presente acuerdo, actúan asesorados por el letrado en ejercicio Dª Montserrat Antolino Mur. colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona con el nº 30.067.   

  III.- Que en relación con el citado préstamo hipotecario, Banco de …………, S.A.,  a petición del Cliente, ha acordado aplicar una modificación en las condiciones relativas al tipo de interés en la cláusula relativa a los límites a la variación de los tipos de mercado y, al efecto, han llegado al presente acuerdo que sujetan a los siguientes     


  PACTOS   Primero.-  Las partes convienen expresamente que las cláusulas de intereses de los préstamos hipotecarios antes reseñados permanecerán válidas y subsistentes en todos sus términos, a excepción de la limitación en la variación del tipo de interés del préstamo, que se considerará por no puesta hasta el vencimiento definitivo del citado préstamo hipotecario y con los efectos retroactivos acordados cuyo resultado se recoge en el siguiente pacto.    

  Segundo.-  Con relación a los intereses abonados por los Clientes hasta la fecha por aplicación de la referida limitación en la variación de los tipos de interés, ambas partes han alcanzado un acuerdo transaccional consistente en que el Banco, en el plazo de 10 días, abonará al cliente la suma de < NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON TREINTA Y DOS EUROS> (9.580,32-€), importe a tanto alzado que las partes han libremente convenido.   Dicho abono se practicará en la cuenta corriente que los Clientes tienen abierta en Banco de Sabadell, S.A., señalada de número 0081 00___  __ ____________ en el plazo antes establecido.   Asimismo, el Banco abonará en el expresado plazo la cantidad de  2.500.-€ en concepto de pago de las costas judiciales cuyo importe también ha sido objeto de pacto a tanto alzado, renunciando el Cliente a percibir ningún importe más en concepto de intereses, más costas judiciales, tasas o por cualquier otro concepto. Las partes expresamente convienen que dicho abono se realizará en la cuenta nº __________________.    

  Tercero.- El resto de las cláusulas convenidas en las escrituras de préstamo hipotecario antes indicadas no quedan alteradas por este documento. La variación aquí pactada tendrá efectos, exclusivamente, entre las partes abajo firmantes por lo cual no tendrá validez  ante terceros.    

  Cuarto.- El Cliente se compromete a desistir y renunciar del procedimiento judicial reseñado en el Exponendo II del presente documento y, en caso de ser necesario, a ratificar tal desistimiento y renuncia y a no reclamar contra el Banco o cualquiera otra entidad del grupo Banco Sabadell por actuaciones realizadas con anterioridad a la fecha del presente acuerdo, relacionadas con la operación objeto del mismo.   


  Quinto.- CONFIDENCIALIDAD.  Tanto los Clientes como sus asesores y representantes procesales, que firman el presente acuerdo en prueba de su conformidad y a estos efectos, se obligan a mantener en la más estricta confidencialidad toda la información relativa tanto al procedimiento, como al presente acuerdo y a sus condiciones, asumiendo que se trata de una operación excepcional, a título meramente individual y que las condiciones pactadas derivan de su relación preferente y de confianza con la entidad. Así mismo el Banco se compromete a mantener la confidencialidad sobre el acuerdo, si bien queda autorizado para presentar o hacer valer dicho acuerdo ante los Juzgados, Administraciones, Supervisores o cualquier otro organismo público, entidades del propio Grupo, con el fin de poder acreditar y justificar la existencia, formalización, y los propios términos del acuerdo frente a estos.   

  Sexto.-  Con la firma del presente Acuerdo las partes asumen el contenido y todos los efectos legales que puedan derivarse del mismo, otorgando conformidad a la operativa realizada hasta la fecha con los ajustes de cálculo y resultado derivados del presente acuerdo, comprometiéndose a nada más pedir ni reclamar respecto a la misma.     Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente contrato, por duplicado, en el lugar y la fecha al principio indicado, reconociendo el Cliente haber recibido copia del mismo.         

  P.P. Banco de......., S.A.                     El Cliente                                           El Abogado                                       


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