PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN HIPOTECARIA: COMPENSACIÓN POR CLÁUSULA SUELO

Son reiteradas las Sentencias de los Juzgados que ven como en casos de ejecución hipotecaria las Entidades financieras, en el momento de liquidación detraen automáticamente las cantidades que se pagaron de más por el cliente en aplicación de la cláusula suelo, desde el 09 de mayo de 2013. Es decir, reconocen la nulidad de la cláusula e implícitamente el carácter retroactivo de la nulidad desde la fecha en que el Tribunal Supremo dictó Sentencia.
Por lo que desde el despacho, y tras ver como es un práctica habitual de las entidades financieras “la compensación”, y que se ha amortizado esta decisión por las distintas entidades de crédito, reiteramos a nuestros clientes que revisen este extremo en casos de que se haya instado ejecución hipotecaria.


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