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¿Cuándo prescribe una deuda civil en 2025? Cambios y plazos que debes conocer

Cuándo prescribe una deuda civil en 2025
La prescripción de una deuda es un concepto jurídico clave que puede determinar si un acreedor aún tiene derecho a exigir el pago de una obligación pendiente. En este artículo analizamos cómo funciona la prescripción de deudas civiles en España en 2025, los plazos aplicables según el tipo de deuda, y qué hacer ante reclamaciones indebidas. 

¿Qué es la prescripción de una deuda civil?

La prescripción extintiva es una institución jurídica que implica la extinción del derecho del acreedor a reclamar una deuda transcurrido un determinado tiempo sin ejercitar su derecho. No significa que la deuda haya desaparecido materialmente, sino que ya no puede reclamarse judicialmente si el deudor alega la prescripción. 

Requisitos y efectos de la prescripción

Plazos de prescripción según el tipo de deuda

El plazo de prescripción de una deuda civil depende del tipo de obligación. El artículo 1964 del Código Civil fue modificado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, que redujo de 15 a 5 años el plazo general de prescripción de las acciones personales que no tengan plazo especial. 

A continuación, detallamos los plazos más relevantes: 

1. Deudas personales ordinarias

La regla general, tras la reforma de 2015, es un plazo de prescripción de 5 años para las deudas personales, como préstamos entre particulares o deudas por servicios. Este plazo se aplica a todas las acciones personales que no tengan un plazo específico. 

Este plazo comienza a contar desde el momento en que la deuda es exigible, es decir, desde el incumplimiento de la obligación. 

2. Deudas derivadas de relaciones mercantiles

Las deudas mercantiles pueden tener plazos específicos. Por ejemplo, según el artículo 944 del Código de Comercio, las acciones que nacen del contrato de transporte prescriben al año. Otras acciones derivadas de relaciones entre comerciantes pueden prescribir a los tres años. 

3.Deudas por suministros (agua, luz, gas, teléfono)

Estas deudas prescriben en un plazo de 3 años, conforme al artículo 1967.3 del Código Civil, que establece que las acciones para exigir el pago de suministros y servicios prestados por profesionales prescriben a los tres años.

4. Deudas por alquileres y pensiones alimenticias

Las rentas arrendaticias y las pensiones alimenticias devengadas también prescriben en el plazo de 5 años, de acuerdo con el artículo 1966.2 del Código Civil. 

Este plazo se aplica de forma acumulativa, es decir, cada mensualidad tiene su propio plazo de prescripción desde que se hizo exigible. 

5. Deudas hipotecarias (20 años para la acción real)

En el caso de las deudas garantizadas con hipoteca, es fundamental distinguir entre: 
  • La acción real hipotecaria, es decir, el derecho del acreedor a ejecutar el inmueble hipotecado como garantía del cobro. 
  • La acción personal, que faculta al acreedor a reclamar la devolución del préstamo al deudor. 

Plazo de prescripción de la acción real hipotecaria

La acción real hipotecaria prescribe a los 20 años, tal y como establece el artículo 1964.1 del Código Civil, en su versión anterior a la reforma de 2015, que continúa vigente para este tipo de acciones: 

“La acción hipotecaria prescribe a los veinte años.” 

El cómputo comienza desde el momento en que la obligación garantizada pudo exigirse, normalmente desde el impago del préstamo. Así, si una hipoteca vencía en enero de 2010 y no fue ejecutada ni se interrumpió el plazo, en enero de 2030 prescribiría la acción hipotecaria. 

Plazo de prescripción de la acción personal

Para reclamar judicialmente el préstamo sin ejecutar la hipoteca, se aplica el plazo general de 5 años desde la reforma de la Ley 42/2015 (artículo 1964.2 CC). 

Es decir, el acreedor tiene 20 años para ejecutar la hipoteca, pero solo 5 años para iniciar una reclamación personal sin usar la garantía real, salvo que el plazo se interrumpa. 

Interrupción de la prescripción hipotecaria

Tanto la acción real como la personal pueden interrumpirse, de acuerdo con el artículo 1973 del Código Civil, mediante: 

  • Interposición de demanda o ejecución judicial. 
  • Requerimiento fehaciente (por burofax, notario, etc.). 
  • Reconocimiento expreso o tácito de la deuda por el deudor (como un pago parcial). Cada interrupción reinicia el cómputo del plazo desde cero, por lo que puede alargar notablemente el período de prescripción. 

Interrupción de la prescripción

El plazo de prescripción puede interrumpirse y comenzar de nuevo si se dan ciertas circunstancias, como: 

  • Una reclamación extrajudicial del acreedor. 
  • El reconocimiento expreso o tácito de la deuda por parte del deudor. 
  • El inicio de un procedimiento judicial. 

Es importante conservar pruebas documentales de estas interrupciones, ya que un simple requerimiento puede reactivar el cómputo del plazo. 
Oposición del deudor

¿Qué pasa si me reclaman una deuda prescrita?

Oposición del deudor

La prescripción no opera de oficio: debe ser alegada expresamente por el deudor en caso de reclamación judicial. Si no se alega, el juez no la aplicará por sí mismo. 

Por ello, si recibes una demanda por una deuda antigua, es crucial contar con asesoramiento legal para verificar si ha prescrito y, en su caso, oponerse eficazmente. 

Reclamaciones extrajudiciales o de empresas de recobro

Es habitual que algunas entidades o empresas de recobro intenten recuperar deudas que ya han prescrito. En estos casos, es importante: 

  • No reconocer la deuda ni firmar ningún documento. 
  • Conservar toda la documentación y comunicaciones. 
  • Solicitar por escrito la fecha de origen y vencimiento de la deuda. 

Un error frecuente es responder reconociendo parcialmente la deuda, lo que puede interrumpir el plazo de prescripción y perjudicar la defensa del deudor. 

¿Qué hacer si he pagado una deuda prescrita?

Si has pagado voluntariamente una deuda ya prescrita, el pago no es recuperable. La prescripción no invalida la deuda, solo impide su exigibilidad judicial. Por ello, no se podrá reclamar lo pagado a posteriori.

Legislación aplicable

La regulación general de la prescripción en España se encuentra en:
  • Artículo 1964 del Código Civil: fija el plazo general de cinco años. Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ley General Tributaria: para deudas con Hacienda. Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social: para deudas con la Seguridad Social. En Cataluña, el Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña (Ley 10/2008, de 10 de julio) regula la prescripción en el ámbito civil. Allí se contempla un plazo general de 10 años para acciones personales, salvo que la ley disponga otro plazo específico. Es decir, en Cataluña podrían aplicarse plazos distintos a los del Código Civil común, lo que hace imprescindible el análisis del caso concreto.

Conclusión

Conocer los plazos de prescripción de una deuda es fundamental tanto para deudores como para acreedores. En 2025, la regla general sigue siendo la de cinco años para las acciones personales, salvo especialidades, y hasta 20 años para las deudas hipotecarias. La clave está en identificar correctamente el tipo de deuda, su origen, y si ha existido alguna causa de interrupción del plazo. 

Si has recibido una reclamación por una deuda antigua o quieres saber si puedes exigir un pago vencido, en Antolino Advocats podemos ayudarte a revisar los plazos aplicables y proteger tus derechos con garantías.


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