Conseguimos el permiso de salida ordinario para un cliente

CONCESIÓN DE PERMISO DE SALIDA ORDINARIO

Desde nuestro despacho de Abogados de Barcelona, Antolino Advocats, queremos hacerles partícipes   de haber conseguido que la Audiencia Provincial de Girona, sección cuarta (penal) ratifique la resolución del Juez de Vigilancia Penitenciaria 1 de Catalunya, y permita a nuestro cliente disfrutar de un permiso de salida ordinario.   
 Después de obtener un informe favorable por parte de la Junta de Tratamiento sobre la posibilidad de salir en permiso ordinario, el Juez de Vigilancia  1 de Catalunya dictó un Auto concediendo el permiso. Sin embargo, el Ministerio Fiscal se opuso por considerar que el interno no  reunía los requisitos necesarios para disfrutar del permiso.     

 En concreto, y siguiendo los argumentos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria:   

 “En el caso que nos ocupa el recurrente está incumpliendo, pese a que ninguno de los delitos cometidos es especialmente grave, una pena de una extensión severa, un total de 3 años 45 meses y 19 días por la comisión de múltiples delitos, entre los que destacan seis delitos de quebrantamientos de condena, modalidad delictiva en la que el recurrente ha sido especialmente repetitivo; en la actualidad el interno ha cumplido las 2/3 partes de la pena, estando previsto el licenciamiento definitivo para el 26-03-21.   

  El interno se encuentra en el nivel más alto del SAM, ha aceptado los hechos y su responsabilidad en ellos y está implicado en su programa individualizado de tratamiento. El interno continúa con el programa de mantenimiento relativo a la violencia de género y muy especialmente ha disfrutado ya de un permiso de dos días sin ninguna novedad significativa. Los riesgos que arroja el sistema RISCANVI se sitúan en el nivel medio, pese a lo cual el centro considera que el interno es un persona adaptada y no conflictiva en la actualidad habiendo mejorado notoriamente su comportamiento y siendo consciente de sus faltas y de las necesidades de cambio personal”.   

A lo que nosotros debemos añadir que se va haciendo más necesaria una gradual salida al medio externo que permita hacer un tránsito hacia él pacífico y gradual que le permita estructura su reinserción.

A continuación les pasamos en pdf el Fallo del Auto nº 2/2019, de fecha 3 de enero de 2019, dictada por la Audiencia Provincial de Girona, Sección Cuarta (penal), Rollo de apelación 997/2018.

Para más información no duden en ponerse en contacto con nuestro despacho profesional, a través de nuestra página web www.antolinoadvocats.com o llamándonos al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21 o, y si lo prefiere, escribirnos a montserrat.antolino@icab.cat. No dude en confiar en nuestro bufete de abogados, somos especialistas en Derecho Penitenciario, una de las subramas de Derecho Penal..


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