El delito fiscal contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social

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El Fraude contra la hacienda pública y la seguridad social

En el artículo 31 de la Constitución Española queda señalado que Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.  

Por lo que existe fraude fiscal cuando aquel que está obligado por la norma tributaria, tanto persona física como persona jurídica, es decir, una empresa, eluden el pago de tributos y otras acciones en contra de la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

¿En qué consisten estos delitos y cuál es la condena?

Delito contra la Hacienda Pública
Establecido en el artículo 305 del CP, señala que aquel que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local:

Eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o aquellas que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, u
Obteniendo de manera indebida devoluciones o percibiendo beneficios fiscales.

Para que sea considerado delito, la cantidad defraudada debe superar los 120.000€. Será castigado con pena de prisión de uno a cinco años, y con multa del tanto multiplicado por seis de aquella cuantía que haya sido defraudada. Así como la prohibición de obtención de subvenciones, ayudas públicas, beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante 4 a 8 años.

Delito de fraude contra la Seguridad Social 
Está tipificado en el artículo 307 LO 10/1995 de 23 de noviembre, del Código Penal que hay delito contra la Seguridad Social cuando:
Se eluden los pagos de cuotas y conceptos de recaudación conjunta.
Se obtienen devoluciones o existe el disfrute de deducciones por cualquier concepto de una forma indebida.

Será considerado delito cuando el fraude supere la cantidad de 120.000€. Se castiga con pena de prisión de 1 a 5 años y con multa del 100% al 600% de la cuantía defraudada. Así como la prohibición de obtención de subvenciones, ayudas públicas, beneficios fiscales o de la SS durante 4 a 8 años.

Cuándo se agrava la pena
El Código Penal señala que existe un tipo más grave de delito fiscal, cuando concurra alguna de las siguientes particularidades:
• Que la cuantía defraudada exceda los seiscientos mil euros (en el caso de fraude a la Hacienda Pública) o supere los 120.000€ (en el caso de la Seguridad Social)
• Que el delito se haya cometido bajo el amparo de una organización o grupo criminal.
• Se empleen personas físicas o jurídicas (…) que dificulten la identidad del obligado tributario o del responsable del delito, la cuantía defraudada o el patrimonio del obligado tributario o del responsable del delito.


Cuándo se atenúa la pena
En caso que el sujeto abone la deuda contraída con la Seguridad Social (reparación del daño) y reconozca en juicio los hechos imputados en un plazo inferior a dos meses desde que se le citara como imputado (conformidad en plazo), el juez o tribunal podrá imponer la pena correspondiente interior en uno o dos grados.

 
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