1. Ley de la Segunda Oportunidad. Te ayudamos a cancelar tus deudas.

En nuestro afán por dar a conocer a todos nuestros clientes y visitantes cuanta más información precisen sobre todo tipo de conocimientos jurídicos, y que puedan consultar aquello que necesiten de la manera más rigurosa posible, desde Antolino Advocats, nuestro bufete de abogados en Barcelona, queremos proporcionarles en este artículo los conceptos más importantes sobre la Ley de la Segunda Oportunidad.

Cada vez es más fácil encontrarse en la situación de quedarse sin trabajo y pasar por tal apuro que se es incapaz de afrontar aquellos pagos relacionados con las cuotas de hipotecas, préstamos o tarjetas de crédito. Las crisis financieras pueden darse por diferentes motivos, tanto a nivel personal como empresarial.

La Ley de la Segunda Oportunidad 

 Esta legislación apareció por primera vez en el 2015, en el Real-Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. Su finalidad es la de poder liberar a particulares y empresarios, ES PARA PARTICULARES Y AUTÓNOMOS de las deudas que tengan, siempre y cuando cumplan con una sucesión de requisitos. ESTA LEY ESTÁ PENSADA PARA EQUIPARAR A LOS PARTICULARES Y AUTÓNOMOS CON LAS EMPRESAS-PERSONAS JURÍDICAS. ÉSTAS ÚLTIMAS YA CUENTAN CON EL LLAMADO CONCURSO DE ACREEDORES QUE SE REGULA EN LA LEY CONCURSAL. 
El primer paso que se debe llevar a cabo antes de solicitar la eximición es intentar obtener un acuerdo extrajudicial de pagos junto a un mediador concursal, con el objetivo de poder llegar a un acuerdo de pago. En caso de que esta primera negociación falle y no sea posible un acuerdo con los acreedores, se pasará inmediatamente a un concurso consecutivo.       


  ¿Quién puede acogerse a la Ley? Esta Ley está pensada, sobretodo, para aquellos ciudadanos particulares y autónomos que se encuentren en situación de endeudamiento y precisen de la reducción de su carga financiera. Para poder acogerse a esta ley, es primordial que el deudor lo sea de buena fe, que cuente con un abogado y procurador y cumpla una serie de requisitos:


1.-  Que la estimación inicial de la deuda no exceda los cinco millones de euros. ·         

2.-  No haber sido sancionados, en los últimos 10 años, en sentencia firme por delito: 
 o   Contra el patrimonio 
 o   Contra el orden socioeconómico 
 o   Contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social
 o   De falsedad documental 
 o   Contra los derechos de los trabajadores

3.-  No haber obtenido ningún tipo de acuerdo extrajudicial de pagos, durante los últimos 5 años, con los acreedores; no haber alcanzado la homologación judicial de un acuerdo de refinanciación; y no haber sido declaradas en concurso de acreedores.       

 4.- Poder demostrar que no se puede vivir con dignidad al tener que hacer frente a las deudas.
¿En qué podemos ayudarle? En este proceso es primordial contar con un abogado. Nosotros nos encargaremos de aplicar correctamente la ley, de manera clara, rápida y contundente, consiguiendo la cancelación y el indulto del total de las deudas.  


Desde Antolino Advocats le ayudamos a identificar su situación real, ya sea de iliquidez o de insolvencia, y le ayudamos a estudiar la viabilidad de su caso, gestionando todo lo necesario para la cancelación total de sus deudas de acuerdo a la ley.  


Si se encuentra en una situación de iliquidez o insolvencia y quiere acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados en Barcelona. Le ofrecemos un asesoramiento pleno, rápido y seguro, con la única meta de solventar su caso de manera honesta y transparente.  


Puede llamarnos al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21 o, si lo prefiere, escribirnos a montserrat.antolino@icab.es. No dude en confiar en nuestro bufete de abogados, estamos a disposición de todos nuestros clientes.


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