EN ANTOLINO ADVOCATS SUMAMOS UN NUEVO ÉXITO EN MATERIA DE CLÁUSULAS SUELO Y GASTOS HIPOTECARIOS.

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Estamos muy satisfechos por haber conseguido un pronunciamiento favorable en un caso de cláusulas suelo y gastos hipotecarios por parte del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Sabadell, en el procedimiento ordinario 748/17, y en virtud de la Sentencia nº 18/2019, de 25 de enero de 2019.     

La sentencia judicial favorable declara:


 -La nulidad de la cláusula limitativa de interés, cláusula suelo.


 -La nulidad de la cláusula que atribuye el pago de todos los gastos de constitución de hipoteca al consumidor.   


 Entre otros argumentos la Juzgadora utiliza los siguientes:   


 “La doctrina s´ha pronunciat abastament sobre l´abusivitat d´aquesta clàusula, que respon únicamente a l´afany de les entitats de crèdit de minimitzar els seus riscos financers en cas d´oscil.lació a la baixa dels tipus d´interès i que causa un evident desequilibri entre els drets i obligacions d´ambdues parts. La jurisprudencia només la considera vàlida quan l´entitat financera pot acreditar que va ser negociada de manera particular entre les parts i que els prestataris van tenir ple coneixement del que significava la inclusió en el contracte. Doncs bé, cap d´ambdues circunstàncies queda justificada en aquest cas. La demandada no ha presentat cap prova que acrediti que l´entitat Banco Pastor S.A. va negociar particularment amb els Sr. …….La inclusió de la clàusula sòl, ni que es va asegurar que en compreniene la trascendència económica, més enllà d´un intercanvi d´impressions telefònic d´una treballadora del Banc amb la Sra…. , amb el següent diàleg (treballadora): “Por otra parte, el tipo de interés mínimo, suelo, del 2.75% y el máximo del 9,75% y la Sra… contesta AJÁ”.

Por tanto, la Juzgadora no ha considerado válido, como era de esperar, que la grabación telefónica que presentó el Banco como prueba para acreditar que había cumplido con la información y que había existido una negociación quedó claro a mis patrocinados.

De hecho, la información era deslavazada, es decir, primero se hablaba de los tipos de interés aplicables a las dos fases de la hipoteca, inmediatamente después se hablaba de un seguro obligatorio, después de la comisión de apertura, y más tarde de ese mínimo y ese máximo. Cómo encaja alguien que es neófito en la materia esta información, pues con un “Ajá”.

La Banca ha jugado con la buena fe de los consumidores y con el abuso de confianza.

Éxito en gastos hipotecarios


  Con respecto a los GASTOS HIPOTECARIOS, la Juzgadora ha sido salomónica y ha considerado que como interesa, tanto la escritura de hipoteca como su inscripción a las dos partes contratantes, deben éstas asumir el pago por mitad, tanto de los gastos de hipoteca, registro como de gestoría.

Si se encuentra en una situación parecida, y tiene una cláusula suelo en su escritura hipotecaria o cree tenerla, así como también si está decidido a reclamar los gastos de constitución hipotecaria, almenos el 50% de lo pagado más los intereses legales, no lo dude más y póngase en contacto con el despacho de abogados de Barcelona, ANTOLINO ADVOCATS.  Le ofreceremos un asesoramiento pleno, rápido y seguro, con la única meta de solventar su caso de manera honesta y transparente, y sin olvidar que a nosotros nos gusta el éxito.  

Puede llamarnos al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21 o, si lo prefiere, escribirnos a montserrat.antolino@icab.es. No dude en confiar en nuestro bufete de abogados, estamos a disposición de todos nuestros clientes.



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