SENTENCIA ESTIMATORIA EN MATERIA DE EXTRANJERÍA

CONSEGUIMOS UNA SENTENCIA ESTIMATORIA EN EL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, POR LA QUE SE SE ANULA Y DEJA SIN EFECTO LA ORDEN DE EXPULSIÓN DE NUESTRO CLIENTE Y, LA CONSIGUIENTE, PROHIBICIÓN DE ENTRADA POR UN PERIODO DE 5 AÑOS

Estamos muy contentos en nuestro despacho de abogados de Barcelona, ANTOLINO ADVOCATS, por haber conseguido, después de muchos años debidos a la demora judicial, una Sentencia íntegramente estimatoria, por la que se ANULA Y DEJA SIN EFECTO la orden de expulsión del territorio español que se impuso a nuestro cliente.

Durante todo este tiempo, nuestro cliente no ha podido regular su situación administrativa en España, debido a la orden de expulsión, por lo que esta Sentencia supone que podrá regularizar su situación y acceder a un empleo en condiciones.

Nuestro cliente fue condenado por la comisión de un delito de violencia de género, maltrato habitual, tipificado en el artículo 173.2 del Código Penal, que en la fecha en que se cometió tenía prevista una pena de prisión de seis meses a tres años.  Sin embargo, dado que el mínimo previsto en el tipo penal para el delito es una pena privativa de libertad inferior a un año, atendiendo a la doctrina fijada por el Tribunal Supremo, no concurre la causa de expulsión prevista en el artículo 57.2 de la Ley Orgánica de Extranjería.


A continuación les pasamos el fallo de la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 12 de Barcelona, Sentencia nº 34/2019 de 7 de febrero, procedimiento abreviado 38/16.  


 En ANTOLINO ADVOCATS nuestra máxima vocación es la defensa de los derechos de nuestros clientes. Si tiene cualquier consulta en materia de extranjería, no dude en ponerse en contacto con nosotros,     pondremos a su disposición especialistas en derecho de extranjería. Llámenos al   630 70 62 27 o al 93 518 21 21 o, si lo prefiere, escríbanos a montserrat.antolino@icab.cat  


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