Sin embargo, muchos de los clientes que nos llaman
nos dicen que no disponen de todas las facturas y que si lo pueden reclamar
igualmente. A ellos y a todos les queremos decir las posibilidades que hay:
1.- Pueden pedir al Banco las
facturas, la provisión de fondos que pagaron, así como la liquidación de esa
provisión.
2.- También pueden pedir al
Banco que les de los extractos de cuenta donde consten los cargos y los
conceptos.
3.- Finalmente todo esto se
podrá volver a solicitar en la demanda por medio de otrosí digo.
4.- Por último y una vez
dictada la Sentencia, aún nos cabría otra opción de conseguir u aportar esa
documentación, y es a través del artículo 712 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil, que permite hacerlo en fase de ejecución de Sentencia.
"Se procederá del modo que ordenan los
artículos siguientes siempre que, conforme a esta Ley, deba determinarse en la
ejecución forzosa el equivalente pecuniario de una prestación no dineraria o
fijar la cantidad debida en concepto de daños y perjuicios o de frutos, rentas,
utilidades o productos de cualquier clase o determinar el saldo resultante de
la rendición de cuentas de una administración."
Otro problema que se plantea a muchos de nuestros
clientes es que no disponen de las escrituras de hipoteca o de ampliación de
hipoteca. Existen dos maneras de conseguirlo:
a) Solicitarlo al Notario que
intervino la hipoteca que será el mismo que intervino la compraventa, y el
protocolo será el anterior o posterior al de la compraventa o
b) Solicitarlo al Banco.
Desde ANTOLINO ADVOCATS les ayudamos a recuperar el
dinero que pagaron de más por su hipoteca, así como también los intereses
legales. Llámennos al 9351821 o escribanos al correo electrónico:
montserrat.antolino@icab.cat y les daremos solución. Sin ningún tipo de
compromiso les revisaremos la cláusula de gastos de su escritura y les haremos
el cálculo de lo que pueden recuperar.