Las últimas agresiones y crímenes homófobos cometidos en ciudades como Madrid, Barcelona o A Coruña han puesto el foco en los delitos de odio contra la comunidad LGTBI. Hace ya una década que nuestro país lucha, de manera jurídica, por aprobar normas penales contra este colectivo. Por lo que el actual Código Penal cuenta, en su artículo 510, con el delito de odio. Un delito que se produce cuando una o varias personas discriminan a otra, motivados por la raza, el género, la orientación sexual, la religión, el lenguaje o la edad, entre otras razones. En el artículo 22.4 del CP también se tipifica este delito como agravante si, por un lado, se ejecuta el hecho con alevosía; mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar; mediante precio, recompensa o promesa; aumentar el sufrimiento de la víctima de manera deliberada, entre otros.